29 de abril de 2012

CONOCER Y EVALUAR, PARA ACTUAR





Estoy haciendo huevos de pascua con chocolate. Es fácil, y quedan de miedo. Además, llevan sorpresas divertidas que he hecho yo misma y que nada tienen que ver con las amargas sorpresas de las noticias. Tengo la radio encendida. Están debatiendo sobre la amnistía fiscal.

No se quien son los periodistas que intervienen. En general, como no podía ser de otra forma, todos coinciden en que rebajar al minúsculo 10% la contribución de los confesos defraudadores es absolutamente escandaloso.


Sin embargo, alguno de los intervinientes desliza la justificación que no deja de repetir el Gobierno; la del mal menor:



“-No queda otro remedio. Si hay, al menos, 25.000 millones de euros ocultos y, de esos, conseguimos 2.500.millones, eso que tenemos. Ahora, más que nunca, el Estado necesita lo que sea, se dice”.



Otro de los periodistas intervine: – “Lo que hay que hacer es meter en la cárcel a los defraudadores” y añade, “si fueran a la cárcel seguro que se lo pensarían y pagarían”.




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   ¡ estaban buenísimos!



No salgo de mi asombro. Estoy noqueada. Menos mal que los huevos de chocolate me tienen eufórica. David de Jorge, el cocinero mas divertido de la tele, no para de recomendar la felicidad de cocinar.

Sí, cocinar es crear y crear, a mi por lo menos, me hace sentirme dichosa. En este momento he dado ya a los huevos las 3 capas de chocolote y se están enfriando en la nevera. Puedo centrarme de lleno en lo que escucho.


Me siento en el sillón (mi cocina tiene sillón). Vamos a ver; ¿cómo es posible que periodistas de una gran cadena como es la SER, no sepan que en España el delito de defraudar a Hacienda tiene pena de cárcel? Pareciera que lo desconocen, o al menos, que tienen la sensación, creo que extendida, que hay pocos infractores fiscales que vayan a la cárcel.


Durante los cinco últimos años de mi vida profesional de magistrada he tenido, en la Audiencia de Madrid , juicios o recursos por delitos fiscales y recuerdo bien que hubo quienes ingresaron a la cárcel a cumplir la condena que les impusimos. Pero a su vez, y eso es lo que cada vez mas me quema, sé que no puedo darle a este debate la información que me gustaría aportar.


No hay estadísticas


Aunque parezca mentira, no hay en este momento en ninguna instancia datos que permitan saber con certeza, ni cuantas personas han sido condenadas por delito fiscal, ni cuantas, dentro de estas, que lo hayan sido a pena de cárcel. Tampoco es posible conocer cuánto fue lo que se recuperó de lo que debían, cuanto tiempo estuvieron en la cárcel, ni en menor medida qué efecto produjo todo esto, si es que tuvo alguno. Tampoco se puede saber si las personas condenadas volvieron a delinquir o no, ni si su escarmiento tuvo alguna incidencia en la disminución del fraude fiscal. En todo caso, y en ausencia de esos datos, lo que está claro es que el conocimiento público de ese “escarmiento” es manifiestamente escaso.


No parece que las condenas surtan mucho efecto, habida cuenta de lo que el propio Gobierno estima que se defrauda. Mi argumento es otro. Se actúa, una vez mas, sin conocer ni poder evaluar por tanto, qué ha pasado antes.


Mucho se ha hablado , en condiciones más relajadas que las actuales , del inmenso fraude fiscal, de la economía sumergida , de las facilidades que de hecho se dan a los grandes defraudadores, con sus exclusivos y carísimos asesores…. Pero, esto es pura especulación estimativa, ya que la realidad, lógicamente, es intencionadamente opaca.


Pero no ocurre así con lo que, sabiendo que es tan solo una parte del iceberg, se ha detectado, tramitado y, en su caso, condenado. Seguro que no sirve como base única, pero es al menos lo que tenemos.



No se sabe , ni se quiere conocer lo que ocurre. 


Lo que voy a decir no parece que pueda ser cierto, pero aseguro que es así.


El Consejo General del Poder Judicial tiene un grandísimo Centro de Documentación Judicial. Guarda todas las sentencias que hemos dictado los jueces y magistrados, pero con ellas apenas hace explotación estadística de tan ingente información. Se clasifican exclusivamente desde el punto de vista de la técnica jurídica. Su contenido, de gran alcance social, no interesa.


El desprecio por el impacto social de las sentencias judiciales es evidente. Las memorias estadísticas que elaboran los distintos órganos judiciales, Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y los Tribunales Superiores de las CC.AA., se limitan a dar cuenta del número y categoría de procesos que entraron, los que se resolvieron y los que quedaron pendientes, pero nunca recogen el tipo de delitos de que trataron.

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La Presidenta de la Audiencia
de Madrid con la memoria
del 2010 


En el pasado 2010 hubo una esperanzadora excepción. La Presidenta de la Audiencia Provincial de Madrid, al redactar la Memoria de este Tribunal, enumeró y cuantificó, por primera vez, las clases y tipo de delitos que se habían enjuiciado. Sé que le resultó difícil hacerlo, pues las bases de datos que archivan las sentencias, en los distintos juzgados y tribunales, no recogen clasificación alguna por delitos. Desgraciadamente, el Consejo General del Poder Judicial al unir esta Memoria a las de las otras Audiencias Provinciales, no recogió esos datos.



No hay más que acudir a la página del Consejo “www poderjudicial” y abrir la pomposa ventana de “El Consejo dato a dato “ Los anunciados datos de la actividad de los distintos órganos judiciales recogen tan sólo el número de los procedimientos judiciales que han llegado a cada uno de los diferentes tribunales, los que se resolvieron en el año y los que quedaron pendientes.
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Ventana de la 
página web del 
Consejo General
del Poder judicial
" La justicia dato 
a dato"


No hace mucho pregunté a un responsable del Gabinete de Estadística del Consejo General del Poder Judicial sobre el número de personas que habían sufrido lanzamiento por impago de sus hipotecas. Me respondió, sin pudor alguno, diciéndome que la estadística judicial pretendía, exclusivamente, medir las cargas de trabajo de los jueces y magistrados y no la incidencia social de las decisiones de los jueces.


¿Cuántas personas han sido condenadas por no pagar sus impuestos? ¿A qué han sido condenadas? ¿ Pagaron finalmente lo que debían? ¿Fueron a la cárcel? ¿A qué perfil responden? ¿Quienes son, en definitiva, inversores, empresarios, profesionales, comerciantes, artistas,….?


Ante todas estas cuestiones nada sabemos. No me cabe la duda de que el ochenta por ciento de todos estos datos están en los procedimientos judiciales de los que proceden las sentencias dictadas. En estas sentencias se habrán perdido algunos de esos datos , pero otros y muy esenciales, que servirían para trazar el perfil social del fraude fiscal , están en la madeja de hechos probados y razonamientos jurídicos de todas y cada una de las sentencias 

Sucede, sin embargo que el propietario de esa riqueza de información social, el Consejo General del Poder Judicial se limita a clasificar las sentencias por voces jurídicas y a vendérselas a las editoriales jurídicas.



El poder judicial que se ejerce de forma individual, caso a caso, es decir pleito a pleito, desencadena una función social general a la que el Consejo General del Poder Judicial no puede ser indiferente. 


Anmistia en el vacio ,sin saber para quien 



En este momento, de desgarradores recortes sociales, en el que al tiempo se propone la mayor amnistía fiscal de nuestra democracia, la sociedad española la contempla indignada y sin información.


Desgraciadamente, la sociedad está desprovista de los datos que precisaría para constatar hasta que punto la amnistía fiscal no sólo es éticamente reprobable sino que, desde el punto de vista técnico, no será previsiblemente eficaz. 


De todas formas, y a pesar de la indolencia del Consejo General del Poder Judicial, afortunadamente la Agencia Tributaria, cuando en el año 2010 revisó su Plan contra el Fraude Fiscal, que había acordado en el año 2005, creó un observatorio del delito fiscal.


Aunque lamentablemente , el Observatorio sólo analizó ( y con los datos fragmentarios que tenía en su poder) los delitos fiscales cometidos desde el 2006, aparecen algunos datos interesantes relativos, entre otros aspectos, a los importes recuperados como consecuencia de las condenas por delitos fiscales . Igualmente, el Instituto Nacional de Estadística publica, en colaboración con el Ministerio de Justicia, los datos de las notas de condena. Con esos datos se constata que desde el año 2006 hasta el 2010 se condenó por delito contra la Hacienda y la Seguridad Social ( el INE no distingue entre los diferentes delitos ) a 1557 defraudadores. ¿Muchos o pocos? Resulta difícil decirlo en ausencia de otros referentes.


En todo caso, en el preámbulo del Plan contra el Fraude Fiscal que se publicó en el 2010, se dice que las cantidades recuperadas como fruto de ese plan fueron , desde el 2005 al 2009, 35.500 millones de euros. Es decir, del orden de 9000 millones de media al año.


Pues bien, si esto es así, la medida fiscal del Gobierno, de solo cobrar el 10 % de los 25.000 millones de euros que se pretende aflorar es un muy, pero que muy, mal negocio. 


No sé por qué razones ni los políticos ni los medios de comunicación, ni lo que es peor, los legisladores parecen no tener memoria, o no querer utilizarla. Es dramático, y así lo he subrayado ya en muchas ocasiones, que cuando se hace una nueva ley, no se tenga en cuenta que pasó con la ley anterior. No se analiza qué efecto produjo, si cumplió con el objetivo de los legisladores que la elaboraron o si, por el contrario, aun cumpliéndose el texto legal, no se consiguió lo que se pretendía.


¿ Cómo es posible que se implante una amnistía fiscal, como única posibilidad de hacer aflorar pasivos de defraudación, sin antes analizar debidamente que sucedió con los planes contra el fraude fiscal establecidos con anterioridad y muy especialmente los del 2005 y 2010, como antecedentes mas inmediatos.


Y por supuesto, en ese contexto,¿cómo no elaborar los análisis de todos los datos que tenemos (o deberíamos tener) a nuestra disposición, para saber cómo se comporto el colectivo defraudador y, muy especialmente, cómo reaccionó ante ese máximo elemento de legitima intimidación que es la pena de cárcel? Soy consciente que estamos ante una cuestión, el fraude fiscal, de la que mucho se habla y poco se sabe…. O pareciera que no se quiere saber


De mi experiencia en la Audiencia de Madrid y con todo lo que significa de reconocido conocimiento parcial, que no puede generalizarse, se deduce que el fraude fiscal detectado procesado y condenado es reducido.


Las cifras antes recogidas por el Observatorio pudieran dar otra idea. Será necesario analizar. Mi experiencia muestra que las personas condenadas por delito fiscal son sobre todo pequeños empresarios, un tanto prepotentes, que en ausencia de asesoramiento jurídico de calidad “pasan” de la regulación legal. No cumplen con casi nada, ni con Hacienda, ni probablemente tampoco con las obligadas medidas de seguridad, ni con……..


No he conocido casos de gran defraudación. De esa que se dice que se dice que existe, pero que debe estar lo suficientemente asesorada como para que pueda eludir a la hacienda y a la justicia.


Cómo en el siempre aludido caso de “Al Capone”, sólo conocí algún caso en que por haber cometido otro delito, indirectamente, también se había cometido de hecho un delito fiscal. Se habían declarado como gastos pagos que no era otra cosa que comisiones ilegales disfrazadas de contratos de servicios.



No sé si la experiencia del Ministro de Economía desde su anterior y privilegiada atalaya de Leman Brothers, puede contar con datos de sus clientes que ahora resulten útiles para que la amnistía fiscal que se propone pueda resultar un relativo éxito. Todo lo demás, parece presagiar que además de su manifiesta injusticia está abocada al fracaso.


Eliminar grasa o amputar







Es de hace tiempo pero viene a cuento citar el polémico libro “Reinventar el Gobierno” . Fue la base de la reforma administrativa que intentó poner en marcha en su momento Bill Clinton. Los autores, David Osborne y Ted Goebler dicen que cuando un estado tiene que reducir gastos , es vital que lo haga con sentido común, pues así como una persona que tiene que rebajar peso ni por un momento considera que la manera más efectiva de lograrlo sea cortarse un brazo ,los gobiernos no pueden poner en marcha programas de recortes públicos de funciones esenciales que garantizan la vida social .


No puedo estar más de acuerdo. El gordo sabe que, para bajar de peso, la solución no es cortarse un brazo o una pierna, sino rebajar la grasa .Recortar en educación, sanidad o investigación es amputarnos para muchos años. Suprimir la grasa, eso es lo que importa. Y la grasa de lo publico esta ahí sin duda, en la incompetencia y en la ineficacia .No en el hecho mismo de lo público, como algunos quieren ahora aplicar, aprovechando la crisis.



La amnistía que se propone acepta esa “grasa” ( la ineficacia de la gestión de la hacienda ), vive con ella, en vez de intentar reducir la.






Amputar es la respuesta supuestamente radical, siempre se dice imprescindible, por quien cuestiona per se lo publico. Solo desde esta premisa resulta una aportación supuestamente “salvadora”. 


Pero, volvamos a la justicia y a su preocupante altísimo índice de grasa que entre otros aspectos se expresa en la falta de base de conocimiento para adoptar nuevas decisiones.


Cada dos por tres saltan escándalos del descontrol y el sin sentido con que la justicia administra, mas bien despilfarra , sus inmensas bases de datos .


El legislativo no pueden seguir generando normas y normas sin evaluar las anteriores y la evolución de la sociedad que pretende regular, y el Consejo General del Poder Judicial, debe ponerse a trabajar y analizar , precisamente el impacto que generan la aplicación que los jueces hacen de las leyes que el legislativo elabora.


Todo esto es reinventar el derecho, reinventar la justicia , pero para que estas reflexiones no se queden en eso , en meras reflexiones teóricas , desde mi esfuerzo personal de repensar el mundo de la justicia, dirijo hoy una propuesta concreta al Consejo General del Poder Judicial:


La realización en menos de dos meses del estudio del comportamiento del fraude fiscal desde el análisis de los datos de los procedimientos y sentencias que los juzgados y tribunales han tramitado por los delitos fiscales desde el año 2005 hasta el día de hoy.


Si se hiciese, alguna luz nos daría, para no tener que tragar con la fe del carbonero lo que se nos ofrece como la única solución de evitar el fraude fiscal.

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