21 de diciembre de 2010

ARTICULO PUBLICADO EN " El publico".

El pasado 2 de diciembre, colegas y amigos me organizaron una fiesta de despedida con motivo de mi jubilación. Los jueces y magistrados en España se jubilan a los 70, y pueden permanecer como eméritos hasta los 75. Sin embargo, por muy variadas razones, yo me he jubilado con 66, y tengo el propósito, entre otros, de poner en marcha un blog para colaborar en la reinvención de la justicia. Casi al final de la velada, Lourdes, una inteligente magistrada de lo civil, me dijo: "Nos das miedo, Manuela, ¿qué diablos es eso de reinventar la justicia?”
        

                                                  Reinventar la justicia


Lo explico. Desde la promulgación de la Constitución de 1978, la sociedad española ha proclamado una y otra vez la necesidad de reformar y modernizar la justicia. Los distintos gobiernos han promovido diferentes reformas y aprobado inversiones, y muchos jueces, secretarios funcionarios, abogados y otros intervinientes en la justicia hemos derrochado imaginación y esfuerzos para mejorarla. Gran parte de los que estábamos reunidos la otra noche fuimos protagonistas en los años 80 de un congreso con el sugerente título de "La justicia tiene solución”.



 Vale la pena leerlo



Sin embargo la opinión que tienen los ciudadanos respecto a la justicia no mejora. Según las últimas encuestas del CIS, sólo un 0,9% de los españoles considera que la administración de Justicia funciona satisfactoriamente. ¿Qué es lo que ha sucedido? ¿Es que en estos 30 años de democracia no hemos logrado mejorar en nada la justicia? No. No creo que esto sea así. Ha habido muy importantes cambios en la administración de justicia que, sin duda, la han mejorado. Fue decisiva la desaparición, a lo largo de los 80, de todo tipo de mercadeo y corruptelas arraigadas desde tiempo inmemorial. También fue decisiva la creación de servicios comunes de comunicación y actos ejecución, la implantación de un proceso civil oral a partir de 2001, y la práctica, ahora casi general, de grabar en soporte audiovisual los juicios. Pero, a pesar de estas mejoras objetivas, la justicia no ha logrado ser el instrumento que precisa nuestra sociedad para resolver los conflictos que generan los deberes y derechos que a todos nos obligan.




El término reinvención, no aceptado aún por la Real Academia Española y mera traducción del inglés, significa la necesidad de redefinir o de repensar cualquier institución. 


Repensar la justicia significa no sólo que nos preguntemos cuál es su objetivo esencial, sino que, una vez definido éste, orientemos toda su configuración hacia la consecución del propósito previsto. La justicia es el instrumento que ha de resolver los conflictos de los ciudadanos entre sí y entre ellos y la sociedad. Así, si tenemos claro que los jueces, cuando se sientan en las salas de audiencias, tienen que resolver el conflicto de los interesados, tendremos también claro que el proceso judicial ha de ser fundamentalmente un acto de comunicación, es decir un diálogo -por supuesto debidamente organizado y reglado- pero siempre con ese objetivo último, que el juez que juzga pueda conocer bien el conflicto y a sus intervinientes para poder sentenciar con acierto.


Sobran por tanto un sinfín de liturgias procesales que, como auténticos abracadabras, esconden lo único y esencial: el diálogo. Así, nos equivocaremos si, queriendo despojar de papeles inútiles el proceso, en lugar de eliminarlos nos limitamos a digitalizarlos. Igualmente, si tenemos claro que son los jueces y magistrados los responsables de resolver en derecho los conflictos que les plantean los ciudadanos, deben tener a su disposición los técnicos que les ayuden, precisamente a eso, a resolver en derecho, y no como sucede en la actualidad, que una caterva de funcionarios inteligentes y con una gran capacidad profesional se limitan, aburridos y frustrados, a la mera repetición de documentos absolutamente inútiles.


Repensar la justicia significa también el cuestionar por qué los ciudadanos no podemos acudir directamente ante los jueces y tribunales de todo tipo y tenemos que ser forzosamente representados por unos profesionales que, como meros intermediarios del papeleo, encarecen el proceso e impiden la legítima comunicación entre ciudadanos y jueces.


Pero repensar la justicia no se limita, ni muchísimo menos, a una discusión sobre la propia actividad jurisdiccional, sino que exige también y de forma inmediata una reflexión sobre el propio proceso legislativo. ¿Cómo es posible que la técnica legislativa haya podido evolucionar tan poco desde el momento en que nuestros antepasados sumerios consideraron necesario plasmar las leyes en piedra? En algunos cursos sobre lenguaje y derecho acostumbro a hacer un test. Intercalo leyes del Código de Hammurabi con preceptos de nuestros códigos vigentes para que los alumnos distingan a qué texto legal corresponden unas y otros. Muchos se equivocan, pese a tratarse de personas con conocimiento suficiente de derecho. ¿Cómo es esto posible? Aunque parezca mentira, la técnica legislativa no ha evolucionado en absoluto. Constantemente se dictan montañas de nuevas leyes sin que ni tan siquiera se haya reflexionado sobre por qué no nos valían las anteriores, si se cumplían o no, y el efecto que produjeron en aquello que se quería cambiar. Y, por supuesto, no se cuestiona si la propia técnica del texto legal, con el rosario virtual de artículos, como si de una letanía se tratara, constituye efectivamente el instrumento adecuado en este momento de la historia para prescribir conductas.


La justicia ha sido, y sigue siendo, lo suficientemente importante para que podamos renunciar a cuestionarla. El pasado verano se publicó un libro apasionante de Amartya Sen sobre la justicia, en el que nos dice: “No podemos confiar la tarea de la justicia a situaciones y reglas sociales que estimamos correctas para detenernos ahí. Preguntar cómo van las cosas y si pueden mejorar es una parte ineludible de la búsqueda de la justicia". 







15 de diciembre de 2010

LIBERARNOS DE LA EDAD MEDIA

Sigo haciendo preguntas a los compañeros para saber porque obligamos a declarar de pie a todas las personas que acuden a nuestros tribunales. Otro compañero me dice- " es una cuestión de respeto" y de inmediato se me viene a la cabeza la serie de televisión que acabo de ver estos días de “Los Tudor”. Claro en los tiempos de las monarquías absolutas, por supuesto, que todos hablaban al rey de pie.

    Maria Jose Gándasegui, historiadora y Secretaría Judicial 


Es más creo que en determinados casos no se le podía dar la espalda y era necesario andar hacia atrás. También en aquellas fechas el rey creía tener el derecho divino de decidir sobre la vida de todos y cada uno de sus súbditos y la idea de que los ciudadanos pudieran decidir sobre sus gobiernos era absurda y motivo de excomunión. Lo he leído en la biografía que escribe Antonina Rodrigo sobre Mariana Pineda. La Iglesia Católica excomulgaba a todos aquellos que defendieran la democracia. Según la cita el arzobispo de Granada en 1828 ,en cumplimiento de la bula del papá León XIII dictó un edicto en el que ordenaba a todos los que hubieran de obtener grados académicos, licenciaturas, honores o destinos públicos de cualquier clase que fuera ,sin excepción alguna que prestasen juramento de no haber pertenecido, ni pertenecer a ninguna de las asociaciones clandestinas reprobadas por las leyes, ni admitido el absurdo principio de que el pueblo es árbitro en variar la forma de los gobiernos establecidos. 



Lo que ocurre es que en la sociedad actual y en una democracia como la nuestra resulta impensable que el poder judicial mantenga el que los ciudadanos deban declarar de pie por respeto. No es admisible. Tenemos que recordar constantemente que el objetivo del proceso es un acto de comunicación, un diálogo para precisamente hacer posible la acertada resolución de los intereses que están en juego en un procedimiento. Lo que ocurre es que efectivamente las normas procesales, es decir las leyes que deciden cómo deben funcionar los tribunales para resolver los litigios que se les presentan están aún ancladas en muchos aspectos, en la edad media. La mayor parte de los documentos que la justicia utiliza para explicar lo que hace son esencialmente idénticos a los que se utilizaban en los siglos 15,16 y 17. Una gran amiga mía, Maria José Gandasegui, secretaria judicial e historiadora elabora una interesantísima tesis sobre" Los pleitos civiles en Castilla. 1700-1835. Estudio del funcionamiento de la administración de la justicia castellana en el marco de los pleitos privados".





Estoy segura que en más de una ocasión voy a poder contar con ella en este blog. La Novísima Recopilación contenía leyes tan antiguas como “Las Partidas” dictadas por Alfonso X el Sabio, y estuvo en vigor en España hasta prácticamente mediado el siglo XIX. La Novísima Recopilación publicada en facsímil (son 6 tomos) por el Boletín Oficial del Estado confirma esto. Merece la pena hojearla.

15 de noviembre de 2010

SENTADOS MUCHO MEJOR



A pesar de todos los procesos de modernización que se han puesto en marcha y de que hace 10 años conseguimos que se aprobara la Carta de los Derechos de los Ciudadanos frente a la Justicia, (que sin embargo no han tenido ninguna repercusión en ninguna de las nuevas leyes procesales que la ignoran) ,los ciudadanos cuando acuden a un juicio penal a declarar ya sea como testigos o acusados ,no pueden sentarse.

Tienen que hablar de pie . Lo dice la ley . La ley que regula como deben hacerse los juicios penales que se llama Ley de Enjuiciamiento Criminal dice que toda persona interrogada o que dirija la palabra al Tribunal deberá hablar de pie.Desde hace aproximadamente dos o tres años casi todos los juicios se graban.




Este primer vídeo es un Juicio de Faltas. Los juicios de Faltas tratan de pequeñas infracciones  de carácter  penal. En este caso el denunciante  es el padre de un muchacho a quien parece  trataron mal los dueños de una tienda de chucherías , quienes son los denunciados.  Las caras están veladas y los nombres distorsionados , pero es real . Denunciante y  denunciados hablan de  pie. Aquí podemos ver ,como la magistrada  que preside el juicio ordena al denunciante que se levante  para  declarar .


                                         

Este segundo vídeo no es de un juicio penal. Es un juicio laboral . Se discute la indemnización que le puede corresponder a un obrero   que es el denunciante . El que declara es un medico que  va al juicio en calidad de  experto ( en el argot  judicial les llamamos peritos) Como se puede ver  tiene que examinar  documentos  y hacer  su exposición , sin duda compleja , de pie, mientras  que la magistrada y ambos abogados ( el que reclama y el que se opone a la reclamación,  están  tan cómodamente  sentados ¿Porque un ciudadano tiene que declarar ante el tribunal de pie?. Parece que frente a la justicia el ciudadano es aun un súbdito.


El gran avance de la democracia es que el individuo es ciudadano y no súbdito . ¿ cómo no nos no nos llama la atención el que después de tantos procesos de modernización se mantenga un norma aparentemente baladí, que es indicativa, sin embargo de la falta de consideración que merecen los ciudadanos ante la justicia?.
Es una norma social de buena educación el que cuando varias personas hablan, si una esta ya sentada, invite a las demás a sentarse. ¿ que sentido tiene mantener, por tanto en el proceso penal una conducta basada en una trasnochada concepción de la autoridad?

El juez, el fiscal, los abogados están sentados, el denunciante, el denunciado, los testigos,los peritos , cuando hablan tiene que ponerse de pie. Esto es lo que sucede en la práctica totalidad de los juicios que se celebran en los juzgados, tanto sean penales , sociales  o civiles . Curiosamente los que se hacen en las Audiencias penales (normalmente se trata de juicios en los que el fiscal solicita penas más graves para los acusados) se les suele permitir a los acusados, a los testigos y a los peritos  que declaren sentados

La ley de Enjuiciamiento Criminal  obliga a hablar de pie a acusados y testigos. Lo dice el articulo 685, pero no hay obligaciones de este  tipo en las  leyes  que regulan otras jurisdicciones, es decir la forma de juzgar otros asuntos que  no sean penales . Así las leyes que regulan los juicios civiles . contenciosos y sociales no imponen esa obligación .





Sin embargo ,en muchos juzgados, civiles y sociales, tal y como se puede ver en el segundo vídeo   también  se  obliga a los ciudadanos a dirigirse al juzgado de pie.


Hace unos días me encontré con un magistrado de lo social Le pregunte -¿por que tenéis a la gente de pie en los juicios?

Su respuesta fue muy esclarecedora. "- Manuela yo creo que no hay otra razón que la de que el micrófono es alto y como es de los de pie, si se sientan no llegan al micrófono ".

¡ Dios mio ! seguramente eso es así , pero ,¿ es que nadie ha pensado, en quien esta declarando y en el respeto que le debemos? y en que ese respeto se demuestra tratándole con la buena educación de la que debe hacer gala la autoridad . Además ¿quien ha sido el responsable de decidir el mobiliario de las salas de justicia en la que se celebran los juicios ? 

Otra compañera , esta una jueza de lo penal a quien también le saco el tema me dice ,-" mejor que no se sienten con lo que mienten , no les demos facilidades "
¡ que tendrá que ver una cosa con otra!

Me gustara hablar en otra ocasión de la verdad y la mentira en las declaraciones. Es algo de una gran trascendencia pero la respuesta de la compañera me resulta inadmisible. 


Este vídeo es en una audiencia; la sección 17 de la que he sido presidenta estos cuatro últimos años. 





Se puede ver que aquí hemos añadido un pupitre para que el acusado pueda apoyarse y consultar los papeles que necesite.

Así aunque  la Ley de  Enjuiciamiento  Criminal, como acabo de decir , impone la obligación de declarar  de pie,  permite  que el Presidente del Ttribunal pueda " exonerar " de  esa obligación. Por eso,  en la mayor parte de las Audiencias  Penales , si se permite   que todos los intervinientes  declaren sentados. 
En este tercer vídeo se puede  ver como el acusado  declara sentado.  

 Lo de la mesita fue una iniciativa nuestra.Siempre es fácil encontrar una mesita entre el mobiliario de la sección. Nos dimos cuenta de lo importante que era poner un pupitre o una pequeña mesita delante de la silla en la que se sientan acusados testigos y peritos. Apoyan los documentos que les exhibimos, y el vaso o la botella de agua. 


                                          

 En este  cuarto vídeo  se ve como  el acusado , en este caso esta preso , también declara sentado . Detrás de él ( aunque  no se ve ) hay una  pareja de policías nacionales que le  custodian. Esta grabación no es de un juicio , sino de la  vista de un recurso. Es decir,  la persona presa  se ha dirigido al tribunal pidiendo ,solo, que se le revise su situación de preso provisional. Por eso las preguntas del tribunal van encaminadas a indagar sobre sus circunstancias personales para valorar  junto con otras aspectos de  la acusación que el  fiscal le dirige  ,si se le puede o no ,otorgar la libertad provisional. 

 La relación entre el ciudadano y el tribunal es decisiva . Los jueces y los tribunales tienen la obligación de recibir información de los ciudadanos a los que se les convoca. 

Los procesos judiciales, al fin y al cabo no son nada más que la expresión de un acto de comunicación, un necesario diálogo entre el tribunal y los ciudadanos. Ya se que ahora el dialogo esta encerrado en una liturgia no comprensible, pero esto no le priva de su única e importante finalidad: la comunicación.

¿Por qué motivo convertir ese diálogo en un acto de humillación?¿qué sentido tiene que el ciudadano no pueda tomar asiento delante de un tribunal?

No es sólo cuestión de comodidad. Es una condición imprescindible para fomentar la comunicación. Los ciudadanos habitualmente acuden asustados a los tribunales; el escenario impone. Pero el objetivo del juicio es el diálogo, la percepción y la comunicación.

No es habitual preguntar a los ciudadanos como se han sentido cuando han tenido que declarar ante un juicio penal ¿ que sintieron? 

Me gustaría saberlo.