He escuchado bastante la radio estos días. Oigo la radio cuando estoy en mi cocina que es un poco cuarto de estar
La fuga del etarra condenado Antxon Troitiño se ha tratado en todas las tertulias. Los periodistas insistieron una y otra vez, en que no entendían las justificaciones de las decisiones de los jueces que sólo encontraban en los textos de sus sentencias y que siempre les resultaban poco comprensibles.
Curiosamente las explicaciones de los jueces son,sin embargo, tan trascendentes que la propia constitución las impone. Por eso resulta paradójico tanto la incomprensión de la motivación de las decisiones judiciales, como la resignación ante el fracasó del propósito del legislador constitucional.
Como decía en la entrada del pasado mes de abril las resoluciones judiciales se escriben de forma que hace difícil su comprensión. Y no es sólo cuestión de lenguaje, sino, sobre todo del galimatías del discurso judicial que entremezcla órdenes absolutamente formales que no se sabe a quien se dirigen con justificaciones en muchas ocasiones genéricas , plagadas de citas numéricas de los textos legales, referidas a conceptos jurídicos que son ajenos al lenguaje habitual. Además no podemos olvidar, que vivimos en una sociedad en la que la comunicación escrita es residual, apoyada y teñida de la comunicación verbal. Pensemos por un momento que tipo de correspondencia es la que recibimos. Más del 80 por ciento es propaganda. Las cartas han sido sustituidas por emails que escrituran el lenguaje verbal al que apoyan y que se envían cada vez más desde los móviles que ya usan millones de personas.
Esta falta de comunicación con la sociedad no sé si preocupa al propio Poder Judicial, ( a su gobierno y a sus titulares), pero sí efectivamente les preocupa lo viven como algo absolutamente irremediable. Los jueces opinan que justifican sus actuaciones con la mera motivación interna de sus resoluciones, sin cuestionar si la forma en la que las escriben, cumple o no la comunicación que se pretende y sin, que se les ocurra que pudieran someterse al debate que susciten sus decisiones. Los jueces, no siempre, pero si en muchas ocasiones, emplean mucho tiempo y esfuerzo en una justificación interna que solo ataña a los valores propios de la cultura judicial.
Lamentablemente ese esfuerzo resulta estéril para la comunicación social, pues la motivación interna de las resoluciones no es la adecuada explicación que la sociedad exige.
Los jueces no explican lo que hacen, con la justificación formal y escrita de sus decisiones. Explicar es ante todo, permitir el debate que acarree lo acordado, y por tanto responder a las preguntas que suscite. Pensemos por un momento, la sorpresa que nos causaría, el que en una clase un profesor impidiera todo tipo de preguntas, sobre lo que acababa de explicar, arguyendo que en su lección ya dijo todo lo que tenía que decir.
Con ocasión del día de la libertad de expresión de los periodistas comprobé el consenso general que suscitaba la declaración de la representante de Periodistas sin Fronteras” de que no podía tener la consideración de rueda de prensa aquella en la que las autoridades se limitaban a dar sus comunicados sin permitir pregunta alguna. Además y, como la celebración de ese día lo provocaba, fueron muchas las declaraciones de unos y de otros que recordaban la obligación de las autoridades, en democracia, de someterse al control público.
Expresiva estatua d Jupiter
El catedrático de Filosofía del Derecho belga Francois Ost publicó en 1993, en la revista de la Escuela Judicial Francesa “Doxa “un apasionante artículo sobre el modelo de juez que la sociedad actual exige. Comienza Francois Ost su artículo describiendo los modelos tradicionales de juez en los que se han formado todas las carreras judiciales del mundo y los simboliza como el modelo de juez Júpiter o de juez Hércules, que identifica con la pirámide o el embudo por la forma aislada y absolutamente vertical en que ejercen su legítima autoridad.
François Ost, por el contrario entiende que el modelo del juez que ahora necesitamos es otro. Es el de un juez “en red “insertado en la propia sociedad en donde lo estrictamente jurídico se mezcla con todo un conjunto de valores diversos que también forman parte del propio ordenamiento jurídico. Dice Ost”
¿No es tiempo de pensar la complejidad del Derecho a partir de ella misma, y no como enmienda y complicación de los modelos simples? ¿No es tiempo de pensar el Derecho como circulación incesante de sentido más que como discurso de la verdad? ¿No es tiempo de advertir la pluralidad y la diversidad de los actores que juegan sobre la escena jurídica y contribuyen, cada uno a su manera, a “aplicar el Derecho”?
En una palabra, es en la teoría del Derecho como circulación del sentido en la que hay que centrarse. Un sentido sobre el cual nadie, ni el juez ni el legislador tiene el privilegio. «Privilegio»,no se sabría decir mejor, en efecto: «ley privada». La circulación de1 sentido jurídico opera en el espacio público y nadie podría, sin violencia o ilusión, pretender acapararlo. Hay Derecho antes de los juristas y lo habrá todavía después de ellos. De la inagotable «idea de Derecho» o aspiración a la justicia, sin duda ellos son hoy los intérpretes más autorizados, pero esta consagración no les asegura, sin embargo, ningún monopolio
Es Hermes, dios de la comunicación y de la circulación, dios de la intermediación, personaje modesto en el oficio de representante y portavoz que es olvidado en beneficio de la prosecución del juego mismo, a quien confiamos la tarea de simbolizar esta teoría lúdica del Derecho.
Imagen de Hermes, mueve , relaciona , comunica |
El modelo tradicional con su concepción autista y autoritaria de la función de juzgar, provoca la crítica y la desafección de la sociedad. La idea de la justicia se nutre de una diversidad de elementos que forman parte del mundo social sin que el juez pueda considerarse en posesión de la autentica idea de la justicia legal . De ahí la enorme importancia que tienen las explicaciones de los jueces, y las lamentables consecuencias que provoca su silencio, pues, en muchas ocasiones, se interpretan sus decisiones como expresión de una pueril política partidista o se les atribuyen descalificaciones que normalmente no merecen.
Pero, este modelo autoritario y autosuficiente que no nos sirve, lo ha reforzado la propia Ley Orgánica del poder judicial en una de sus relativamente recientes reformas.
La ley Orgánica del Poder Judicial regula las actuaciones de los jueces que merecen un reproche disciplinario. Entre las 16 conductas prohibidas a los jueces que acarrean graves sanciones aparece la dely número 12 consistente “en la revelación por el juez o magistrado de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión de este cuadro cause algún prejuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona.
Esta falta muy grave falta disciplinaria se completa con la que se recoge en el artículo siguiente de la Ley Orgánica Poder Judicial que dice en síntesis lo mismo aunque no exige que la revelación del magistrado haya podido producir un daño grave.
Aunque la mera lectura de este texto evidencia que el texto legal no prohíbe a los Jueces y Magistrados hacer declaraciones públicas respecto a sus resoluciones judiciales, la propia carrera judicial y su gobierno lo ha entendido como la prohibición expresa de los jueces y magistrados de hacer declaraciones a la prensa respecto a los asuntos en los que intervienen o han intervenido.
Sin embargo siempre entendí que lo que la Ley Orgánica del Poder Judicial entendí censuraba era sólo la divulgación de algún dato oculto, es decir que no estuviera en el proceso o que aún que estuviera, gozara de algunas de las reservas especiales que la ley establece para la divulgación del contenido de los procesos judiciales. Por eso he mantenido que una vez que se ha dictado la sentencia que pone fin al juicio, no hay nada que impida a los jueces y magistrados que hayan intervenido en esa resolución, ofrecer todas las explicaciones que esta suscite.
Por eso y como se que lo que la profesión entiende es que está prohibido hablar con los medios de comunicación de los asuntos que tramitamos, tanteé, en mi última época de magistrado, cuál podría ser la interpretación que daría el Consejo del Poder Judicial, si mi tribunal decidía convocar una rueda de prensa a continuación de haber dictado una sentencia, en un asunto que había tenido una gran repercusión social. Se trataba de un juicio oral en el que se acusaba una persona de homicidio y asesinato frustrados por motivos racistas en el que la víctima- un ciudadano africano- había quedado parapléjico. Era uno de esos asuntos en el que antes de comenzar el juicio, los magistrados del tribunal ya intuíamos que nos encontraríamos con uno de los conceptos jurídicos más difícil de explicar a las personas, que no están al tanto de las calificaciones técnicas que la doctrina penal hace de determinadas actuaciones violentas. Tenía que ver con algo que los juristas empleamos habitualmente- “el llamado dolo eventual” y que sin embargo en mi criterio choca frontalmente con él conocimiento biológico y psicológico del ser humano.
Hable con un vocal del Consejo General Poder Judicial, que me solía resultar accesible. Me dijo: - “Manuela, no, no creo que quepa excepción alguna. Los jueces no debéis comunicaros con la prensa respecto a las resoluciones que dictéis”. Convencida de lo necesario de la explicación pública de lo que decidimos, de forma clara y transparente le insistí. Me contesto ”Quizás tú lo harías bien, pero en la mayor parte de los casos sería desastroso . La mayor parte de los jueces no están preparados para hablar con la prensa”
No, no puedo coincidir con esa opinión. He asistido a muchas juntas de jueces y he comprobado como jueces y magistrados hablan en público perfectamente. La mayor parte de jueces y magistrados, acostumbrados a analizar y razonar constantemente son ágiles en el discurso verbal.
Es más no me cabe duda de que si las resoluciones judiciales, en lugar de ser escritas fueran orales ganarían en frescura y espontaneidad.
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